Viviendas y pequeños comercios en propiedades de uso mixto pagarán cero IUSI

El Ejecutivo ha sancionado formalmente el Decreto 18-2026, el cual reforma el Decreto 15-98 del Congreso de la República, correspondiente a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI).
La confirmación fue abordada por el diputado Inés Castillo, quien destacó que la norma publicada en el Diario de Centro América ratifica los cambios aprobados por el Legislativo.
Con esta reforma, la vivienda residencial y las propiedades de uso mixto quedan con una tasa impositiva de cero. Esto beneficia directamente a las familias que habitan sus inmuebles y a aquellos ciudadanos que combinan su residencia con pequeños comercios en un mismo predio, tales como tiendas, panaderías o sastrerías.
Por otro lado, la ley mantiene una tabla de tasas al valor únicamente para los inmuebles de uso comercial y otros usos (como fincas agropecuarias).
Las escalas quedaron fijadas en 3 por millar para inmuebles de 0 a Q500,000; 6 por millar para rangos de Q500,000.01 a Q1,000,000; y 9 por millar para valores superiores a Q1,000,000.01.
La normativa establece un periodo de vacancia de 90 días calendario para su entrada en vigencia formal. Este plazo permitirá a las municipalidades adecuar sus presupuestos e ingresos proyectados para el próximo ciclo fiscal.