TSE se impone a MP: No entrega información sin orden judicial

El Tribunal Supremo Electoral rechaza requerimiento del Ministerio Público de entregar información en cuatro horas, alegando independencia y falta de orden judicial.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó una solicitud del Ministerio Público (MP) para entregar información en un plazo de cuatro horas. La comunicación, fechada el 10 de abril de 2026 en la Ciudad de Guatemala, fue dirigida a María Consuelo Porras, Fiscal General y Jefa del MP.
La petición del MP fue realizada por el Agente Fiscal Mario Raúl Véliz Guzmán y el Fiscal de Sección José Rafael Currichiche. El requerimiento se enmarca dentro de la carpeta ministerial MP001-2022-33864 y la Causa Penal 1079-2023-00231.
Posición del TSE
El TSE indicó que no se requiere información «sin orden de juez competente». El organismo electoral señaló que, de conformidad con el artículo 121 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, es la máxima autoridad en materia electoral.
El TSE afirmó ser «independiente y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno del Estado». Esta declaración fue resaltada en su comunicación oficial a la Fiscalía General.
Marco Legal
La institución electoral también citó el artículo 124 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Este establece que los miembros del Tribunal Supremo Electoral deben poseer las mismas calidades, inmunidades y prerrogativas que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Además, el Tribunal Supremo Electoral invocó la garantía de independencia judicial. Esta se encuentra prevista en los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
El requerimiento del Ministerio Público solicitaba detalles sobre el partido Movimiento Semilla. La respuesta del TSE subraya su autonomía frente a las solicitudes fiscales que carecen de aval judicial.