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Nacionales

Las 7 claves de la ley que exonera impuestos a los combustibles

22 de septiembre de 2026
Las 7 claves de la ley que exonera impuestos a los combustibles

El Pleno del Congreso aprobó el Decreto 22-2026, correspondiente a la Ley de exención tributaria temporal de emergencia al consumidor de combustibles, configurando un importante alivio para la economía de los hogares guatemaltecos.

A continuación, te presentamos los puntos fundamentales de esta normativa en siete claves esenciales para comprender su alcance, funcionamiento y aplicación práctica en el mercado nacional.

Las siete claves de la exoneración

  1. Régimen temporal: Establece una exención del IDP y del IVA aplicable a las gasolinas superior y regular, así como al diésel, vigente de forma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2026.

  2. Traslado obligatorio: Las exenciones tributarias aprobadas deben trasladarse de manera directa y obligatoria al precio final que pagará el consumidor en cada estación de servicio.

  3. Plazo de reglamentación: Se otorga un periodo estricto de cinco días hábiles para la elaboración y publicación del reglamento correspondiente tras la entrada en vigencia de la ley.

  4. Desglose en facturas: Las facturas electrónicas emitidas deberán detallar claramente el valor del beneficio o rebaja aplicada por cada galón despachado a los automovilistas.

  5. Supervisión y sanciones: La medida incluye un mecanismo de fiscalización de su cumplimiento, fijando sanciones severas para quienes incumplan con la aplicación de la rebaja al consumidor.

  6. Prohibición de extracción: Se prohíbe de manera tajante la extracción fuera del territorio nacional de los combustibles que se encuentren bajo el régimen de estas exenciones.

  7. Precios promedio estimados: Gracias a la suspensión temporal de impuestos, se proyecta que los costos se estabilicen en Q40.66 el galón de diésel, Q32.90 la regular y Q34.59 la superior.

Cabe destacar que el sacrificio fiscal calculado por otorgar esta exención asciende a Q3 mil 318 millones 400 mil, de los cuales Q1 mil 332 millones 200 mil corresponden al IDP y Q1 mil 986 millones 200 mil al IVA.