Modifican acuerdo que contiene las normas sanitarias para prevención del coronavirus en el Sistema Educativo Nacional y se faculta al Ministerio de Educación para que disponga de medidas temporales distintas a esa normativa y al Tablero de alertas sanitarias.
Esta normativa de prevención del coronavirus se incluyó en el acuerdo 300-2020 del 22 de diciembre de 2020 y fue modificado en el 69-2021 del 19 de marzo de 2021, pero este 31 de marzo Salud realizó otra reforma.
La modificación se hizo en el Artículo 10 BIS, el cual queda de la siguiente forma.
Facultades excepcionales. Se faculta a las autoridades del Ministerio de Educación para disponer de medidas temporales distintas a las establecidas en el Acuerdo Ministerial y el Tablero de Alertas Sanitarias.
El #MSPAS publica en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial 79-2021, el cual reforma al acuerdo 300-2020 que contiene la norma para la prevención y control de infecciones SARS-COV-2 y otras epidemias para los centros del sistema educativo nacional. pic.twitter.com/SSpaTxKRfG
— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) March 31, 2021
Esta normativa de prevención del coronavirus se incluyó en el acuerdo 300-2020 del 22 de diciembre de 2020 y fue modificado en el 69-2021 del 19 de marzo de 2021, pero este 31 de marzo Salud realizó otra reforma.
La modificación se hizo en el Artículo 10 BIS, el cual queda de la siguiente forma.
Facultades excepcionales. Se faculta a las autoridades del Ministerio de Educación para disponer de medidas temporales distintas a las establecidas en el Acuerdo Ministerial y el Tablero de Alertas Sanitarias.
- Cuando determinen que los niveles de riesgo de contagio dentro de la comunidad educativa son elevados o inminentes.
- Cuando el centro educativo, bajo su estricta responsabilidad y con autorización expresa de los padres de familia, garantice fehacientemente las condiciones para el resguardo del estudiante en las instalaciones del centro educativo para la asistencia en modalidad híbrida, únicamente en el color naranja del Tablero de Alerta Sanitaria, previo análisis y opinión del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
En el artículo 2 del nuevo acuerdo, menciona que todas las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial 300-2020 y la reforma del 69-2021 quedan inalterables.
El acuerdo ministerial 79-2021 entra en vigencia a partir del 1 de abril de 2021 y está firmado por la ministra María Amelia Flores González.